El próximo 1 de enero entra en vigor la cotización por ingresos reales para autónomos

El Real Decreto-Ley 13/2022 del 26 de julio» establece el nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia que entrará en vigor el próximo 1 de enero. ¿Qué aporta? ¿Cuáles son los tramos de cotización? ¿Cómo será su implantación? Te lo contamos.

El próximo 1 de enero entra en vigor la cotización por ingresos reales para autónomos

 

El objetivo de este Real Decreto-Ley es adecuar las bases de cotización de los autónomos a los rendimientos reales declarados fiscalmente. Por una parte, intenta evitar que los trabajadores por cuenta propia coticen menos de lo que les corresponde y, por otra, adecuar las prestaciones a este colectivo según su cotización.

En líneas generales, la implantación de la cotización por ingresos reales para autónomos supondrá, para algunos, el aumento de la base de cotización. Pero también obtendrán mejores prestaciones sociales, por ejemplo, en pensiones y cese de actividad.

 

Puntos clave del nuevo sistema de cotización para autónomos

  1. Contempla un periodo de transición de nueve años, hasta 2032.
  2. Comenzará a aplicarse a partir del 1 de enero de 2023.
  3. Contará con 15 tramos de cuotas. Durante el año 2023, irán desde los 230 euros hasta los 500 euros y variarán hasta el 2025 en función del rendimiento neto.
  4. Durante los tres próximos años, se irá reduciendo la cuota mínima (ingresos inferiores a 670 euros mensuales) y elevando la máxima (para más de 6.000 euros mensuales de rendimiento).
    1. En 2023, las cuotas mínimas y máximas serían de 230€ y 500€, respectivamente.
    2. En 2024, las cuotas mínimas y máximas serían de 225€ y 530€, respectivamente.
    3. En 2025, las cuotas mínimas y máximas serían de 200€ y 590€, respectivamente.
  5. En el año 2025, el sistema de tramos de rendimientos netos y cuotas se revisará de nuevo para los siguientes 3 años. Y de nuevo en 2028 hasta el año 2032. En ese año, en el 2032, todos los autónomos deberán estar cotizando por una base igual a sus rendimientos netos efectivos en el 2032.
  6. Hasta el 2025 se podrá elegir una base de cotización que esté comprendida entre la base que corresponda a su tramo de ingresos y la base máxima de cotización del tramo superior de la tabla general.
  7. Previa solicitud a la TGSS, se podrá cambiar hasta 6 veces al año la base de cotización. A inicios de cada año, o en el momento de darse como alta como autónomo, cada persona comunicará su previsión de rendimientos netos que podrá ir modificando cada dos meses (hasta 6 veces al año). A inicios del año siguiente, y en función de los rendimientos netos anuales de cada autónomo que le facilite la Agencia Tributaria, la Seguridad Social procederá a regularizar las cuotas si esos rendimientos fueran superiores o inferiores a los tramos que cada autónomo haya elegido para cotizar.
  8. Según el punto anterior, se elimina la posibilidad de elegir libremente la base de cotización sin tener en cuenta los rendimientos netos del autónomo. Como excepción, aquellos autónomos que en diciembre de 2022 se encontrasen cotizando por una base superior a la que determinan sus rendimientos netos podrán permanecer en esa base con carácter indefinido. A partir de 2023, ya no se permitirá esa opción.
  9. La Ley de Presupuestos Generales del Estado establecerá anualmente una tabla general de rendimientos y una tabla reducida de bases de cotización.
  10. El tramo 1 tendrá la base mínima de cotización establecida para el Régimen General de la Seguridad Social.
  11. Los nuevos autónomos pueden optar por una tarifa plana de 80 euros mensuales durante un año, prorrogable por uno más.

 

¿Qué se considera como rendimientos netos?

Hasta el 2025, los rendimientos netos del autónomo son los ingresos brutos obtenidos menos los gastos de la actividad deducibles (por ejemplo, cuotas Seguridad Social, suministros, materiales, proveedores, etc.).

Adicionalmente, para calcular el tramo de rendimientos netos en el que se sitúan a efectos de determinar la base y cuota de cotización que se les aplica, los autónomos se podrán aplicar una deducción genérica del 7% de sus rendimientos netos, que será del 3% para los autónomos societarios.

 

Tramos de cotización de los autónomos

Los 15 tramos de cuotas vigentes para cada año en el periodo de 2023 a 2025 son los siguientes:

Tabla de cotización por ingresos reales para autónomos

 

Los pros y los contras del nuevo sistema de cotización por ingresos reales

La implantación de la cotización por ingresos reales para autónomos obligará a muchos a aumentar su base de cotización, pero a cambio tendrán mejores prestaciones sociales como, por ejemplo:

  • Prestación por cese de actividad. Mejoras con el objetivo de alcanzar una protección social equiparable a los trabajadores por cuenta ajena.
  • Pensiones. Las pensiones de los autónomos son un 43% más bajas que la de los cotizantes del régimen general. Con este nuevo sistema de cotización, los autónomos que más ganan cotizarán más y mejorarán sus pensiones.
  • Protección social. Una mayor cotización también se traducirá en mayores prestaciones en caso de incapacidades y bajas por enfermedad. Además, el nuevo sistema de cotización por ingresos reales amplía las prestaciones para el colectivo, con la incorporación de los mecanismos RED sectoriales y cíclicos, y ya no será necesario el cierre total del negocio para acceder a las prestaciones.

Adicionalmente, indicar que el nuevo sistema es más flexible: las cotizaciones se pueden reducir en periodos de menores ingresos y pueden aumentarse en los momentos en que el negocio marche mejor.

 

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Nuevo sistema de cotización para autónomos. Asesoría Fiscal Centrum, en Carabanchel